
A cinco años del femicidio de Romina Videla, la sentencia dictada por el Tribunal Oral Criminal IV de La Plata condenó a prisión perpetua a su pareja, Héctor Ismael Carrizo, fue condenado a prisión perpetua por haber sido el autor del incendio que derivó en la muerte de la víctima.
Este viernes, el tribunal compuesto por los jueces Carolina Crispiani, Emir Alfredo Caputo Tártara y Andrés Vitali consideró acreditado que el siniestro que terminó con la vida de la mujer fue el desenlace de un prolongado ciclo de violencia de género.
El fallo fue unánime al declarar a Carrizo culpable de “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género e incendio doblemente agravado”. Los magistrados subrayaron la existencia de “indicios serios, precisos y concordantes” que confirmaron la autoría.
Entre las pruebas utilizadas como argumentos por los jueces, se enumeró la amenaza explícita de “Te voy a prender fuego”, el incendio ocurrido poco después, la diferencia en la gravedad de las lesiones (Videla con el 80% del cuerpo quemado frente al 12% de Carrizo) y la conducta posterior de intentar limpiar la escena del crimen.
Todo ocurrió la noche del 27 de marzo de 2020, tras una jornada marcada por agresiones físicas y amenazas. De hecho, previo al ataque, Romina recurrió al 911 para denunciar que su pareja la había golpeado y amenazado con prenderla fuego.
Horas después, la vivienda que compartían en la calle 519 entre 184 y 185, ubicada en el barrio de Melchor Romero, fue incendiada de manera intencional. Según la información publicada por el medio platense 0221, la víctima, madre de seis hijos, sufrió quemaduras en el 80% de su cuerpo y murió cinco días más tarde en el Instituto del Quemado.
La investigación, que en un primer momento estuvo a cargo de la fiscal María Eugenia Di Lorenzo y luego pasó a la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) especializada en violencia de género, permitió reconstruir un contexto de maltratos persistentes. Incluso, diversos testigos relataron años de golpes, amenazas, control económico y aislamiento ejercidos por Carrizo sobre Videla.
De hecho, uno de los datos corroborados en la investigación apuntaron a la premeditación detrás del incendio. Pues, tras haber discutido con la víctima, el acusado se encargó de sacar a las hijas que tenían en común y, tras una serie de insultos e impedirle salir, habría iniciado el foco ígneo.

Dentro de la vivienda, también se encontraban los demás hijos de la mujer, quienes pudieron escapar de la vivienda sin reportar lesiones de gravedad.
Fue así que en los fundamentos de la condena, la jueza Crispiani realizó una reflexión que quedó plasmada en los considerandos de la sentencia. “A Romina también la mató la violencia que precedió al fuego. Esa violencia que se anuncia, que se naturaliza, que pide auxilio y no siempre lo encuentra; esa violencia que, cuando el Estado llega tarde, termina escribiendo su última línea en una morgue”, criticó.
Y continuó: “Hoy, este Tribunal cumple con el deber más elemental de la Justicia: reconocer la verdad, nombrar la violencia y responsabilizar a quien la ejerció. Porque solo así -con memoria, con ley y con sentencia- se deshace la impunidad que la consumió”. Estas palabras sintetizaron la dimensión de un caso que puso en evidencia la falta de respuestas efectivas por parte del Estado ante los reiterados pedidos de ayuda de la víctima.
En este sentido, el proceso judicial reveló que Romina había buscado ayuda en varias oportunidades, sin obtener una respuesta adecuada de las autoridades. Por esto, el fiscal de jucio, Lucas Domski, había pedido que el acusado fuera condenado a prisión perpetua.
En contraposición, la defensa de Carrizo había solicitado la absolución, luego de que apuntaran a la presunta falta de pruebas directas que lo situaran como el autor del incendio. Asimismo, habían apuntado que ni las pericias, ni los testimonios pudieron precisar que él hubiera agredido de forma directa a la madre de sus hijos.








