Uruguay se convirtió en el primer país de América Latina en consagrar por ley el derecho a la muerte asistida con la incorporación de la figura legal de la eutanasia. Antes lo hicieron por vía judicial Colombia y Ecuador. Otros países de la región, como Brasil y Argentina, garantizan el derecho a una muerte digna a través de cuidados paliativos y el respeto a la decisión de un paciente terminal de no prolongar la vida más allá de su voluntad.
Uruguay y la sanción de una ley
El país que antes abrió el camino con el aborto legal, el matrimonio igualitario y la regulación del cannabis, se convirtió en el primero de la región en sancionar por ley el derecho a la muerte asistida. La ley uruguaya habilitó la eutanasia y la muerte médicamente asistida dentro de un esquema de derechos y controles precisos. El objetivo de la norma es regular el derecho dentro del propio sistema de salud.
Solo pueden acceder a este derecho las personas uruguayas y las extranjeras que acrediten una residencia habitual en el país. “No se trata de fomentar ningún tipo de turismo de eutanasia en la región, sino de amparar un derecho de quienes viven y se asisten en nuestro sistema de salud”, afirma la senadora por el Frente Amplio Constanza Moreira.
Pueden solicitar la muerte asistida personas con enfermedades incurables, padecimientos graves e irreversibles o sufrimientos físicos o psíquicos considerados insoportables, siempre y cuando cuenten con plena capacidad de decisión y su consentimiento informado sea libre y sostenido en el tiempo. Este consentimiento puede ser revocado en cualquier momento.
“Por primera vez hablamos de la muerte como parte de la vida, sin tabúes, con respeto y con empatía. La ley dignifica el final de la vida y, al mismo tiempo, valora más la vida misma”, sostiene la senadora.
Colombia, el pionero por vía judicial
Mucho antes de que Uruguay aprobara su ley, Colombia ya había modificado el mapa de la región con respecto a la eutanasia por vía judicial. En 1997, la Corte Constitucional colombiana despenalizó la eutanasia para pacientes con enfermedades terminales que la soliciten de forma libre e informada. A partir de esa decisión, el Ministerio de Salud reguló el procedimiento y creó comités científico–interdisciplinarios para revisar cada caso.
En la práctica, Colombia se convirtió en el primer país de la región en lograr que la eutanasia fuera despenalizada y regulada a partir de fallos judiciales y resoluciones administrativas.
Ecuador, fallo de la Corte y ley pendiente
De ese modo, la eutanasia dejó de sEn Ecuador el giro llegó recientemente a través de la Corte Constitucional. Un fallo estableció que un médico que practique eutanasia en determinadas circunstancias no puede ser castigado como homicida, siempre que se cumplan requisitos estrictos como el sufrimiento grave e irremediable, el consentimiento informado del paciente y una actuación profesional adecuada.er delito de manera automática en ciertos supuestos, pero el país quedó en una especie de zona intermedia: la despenalización existe en el papel pero aún falta una ley integral que defina procedimientos.
Perú, un nombre propio como excepción
En Perú la discusión sobre la eutanasia se condensó en la historia de Ana Estrada, una mujer con una enfermedad degenerativa que decidió convertir su propio cuerpo y su sufrimiento en un reclamo judicial. Durante años pidió que se reconociera su derecho a decidir sobre el final de su vida. En 2021, la justicia le dio la razón y ordenó al Estado garantizar la eutanasia en su caso, sin castigar a los médicos que intervinieran.
La sentencia fue un hito regional, pero no alteró el marco general: el Código Penal peruano sigue castigando la eutanasia y el suicidio asistido.
Argentina, muerte digna sin eutanasia
En Argentina la frontera está trazada con cuidado. La ley 26.742, conocida como Ley de muerte digna, modificó la legislación sobre derechos del paciente y consagró la posibilidad de rechazar tratamientos médicos cuando solo prolongan de manera artificial un proceso irreversible, en el marco de una enfermedad incurable o terminal.
La norma habilita al paciente a negarse frente a procedimientos quirúrgicos, nutrición e hidratación artificial o medidas de soporte vital que no cambian el pronóstico sino que solo extienden la agonía. No reconoce la eutanasia activa ni el suicidio asistido: lo que regula es el derecho a negarse a intervenciones desproporcionadas.
Brasil, ortonasia y cuidados paliativos
Brasil también se mueve en el terreno de la ortotanasia, es decir, dejar que la enfermedad siga su curso sin encarnizarse con tratamientos que ya no ofrecen beneficio real. Resoluciones del Consejo Federal de Medicina brasileño autorizan a suspender o no iniciar procedimientos considerados fútiles o desproporcionados, siempre que se garantice el alivio del dolor y se refuercen los cuidados paliativos.
La eutanasia y el suicidio asistido, en cambio, permanecen en la zona del delito. La muerte provocada intencionalmente se encuadra como homicidio.
Chile, debate legislativo abierto
Chile viene discutiendo proyectos de eutanasia y muerte médicamente asistida desde hace varios años. En el Congreso circulan iniciativas que reconocen el derecho de pacientes con enfermedades graves e irreversibles a solicitar ayuda médica para adelantar la muerte, bajo controles estrictos y con objeción de conciencia regulada.
Sin embargo, estos proyectos todavía no se tradujeron en una ley vigente. El país sí cuenta con normativa sobre derechos del paciente y con un desarrollo progresivo de los cuidados paliativos, que permite rechazar tratamientos invasivos. Sin embargo, la eutanasia activa y el suicidio asistido siguen fuera del marco legal.
Paraguay, prohibición y discusión incipiente
Dentro de América Latina, Paraguay se ubica en el extremo más restrictivo. La eutanasia está prohibida y puede ser castigada penalmente; y la muerte provocada, incluso a pedido del paciente, continúa siendo un delito. No existe una ley de muerte digna que despenalice la suspensión de tratamientos, ni un reconocimiento explícito de la ortotanasia a nivel legislativo.








