
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12 rechazó la medida cautelar que buscaba frenar la Audiencia Pública Ambiental convocada por la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN), destrabando así el camino para discutir la renovación de la concesión del sistema de navegación sobre el río Paraná, clave para las exportaciones argentinas. El litigio, motivado por la presentación conjunta de la Fundación Cauce, el Observatorio del Derecho a la Ciudad y la Asociación de Abogados Ambientalistas, alegaba que la instancia no garantizaba los estándares de participación ciudadana exigidos por la normativa nacional y el Acuerdo de Escazú.
El tribunal sostuvo que los peticionantes no lograron demostrar la existencia de una lesión concreta a los derechos alegados ni irregularidades sustanciales en el procedimiento convocado por la autoridad portuaria. En la resolución se remarcó que el proceso de consulta pública no implica la aprobación de obras, ni de los términos definitivos de la licitación, sino que constituye una etapa previa orientada a la presentación del Informe de Gestión y Evaluación Ambiental de la denominada Vía Navegable Troncal (VNT). De este modo, se despeja el camino para el desarrollo de la audiencia, prevista para el lunes 3 de noviembre a las 9:00, que se realizará de manera virtual y cuya organización formal recaerá sobre la ANPyN.
El fallo detalló que la ANPyN cumplió “con los requisitos de difusión y transparencia previstos en el Decreto 1172/2003”, al difundir la convocatoria en el Boletín Oficial, en dos diarios de circulación nacional y en su portal institucional. También garantizó un canal abierto para la inscripción ciudadana, sin restricciones ni exclusiones, lo que, en palabras de la agencia, responde al propósito de “consolidar la transparencia y la participación ciudadana en una etapa temprana del proyecto”. La documentación relativa al proceso se encuentra en acceso público a través del portal de ANPyN, cumpliendo así con los lineamientos de visibilidad y control social.

Por su parte, los representantes del sector agroexportador expresaron su respaldo a la audiencia, destacando el carácter estratégico del proceso para las exportaciones nacionales. Comunicaron que la instancia pública constituye un paso clave de cara a la “modernización y profundización de la Hidrovía”, infraestructura que, según la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) y la Bolsa de Comercio de Rosario, permite la salida anual de más del 80% de los productos agrícolas que parten desde las terminales fluviales hacia destinos internacionales. El dragado y mantenimiento regular de la Vía Navegable Troncal resulta determinante para sostener la competitividad en el transporte de granos y subproductos.
El proceso licitatorio que avanza tras la resolución judicial prevé tratar el régimen de concesión de obras y servicios vinculados a la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización, así como las tareas de dragado y redragado esenciales para garantizar el calado y la seguridad de navegación. El juez recordó en su fallo que el Decreto 699/2024 declaró servicio público nacional a estas actividades sobre las vías navegables, dotando al proyecto de una relevancia estratégica para el interés general.
En los pasajes más técnicos de la resolución, el juzgado precisó que “toda medida cautelar en el ámbito judicial está subordinada a la concurrencia de dos requisitos esenciales: la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora”, a los que debe sumarse una contracautela, conforme lo dispuesto por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. El texto enfatizó que, al tratarse de actos administrativos tendientes a la participación y transparencia, la concesión de una cautelar suspensiva “produciría un grave perjuicio al interés público, al obstaculizar o retrasar un proyecto de alto impacto estratégico para el país”.
La Hidrovía Paraná-Paraguay es considerada por diversos actores como el principal eje logístico fluvial del país. Su operación involucra 3.442 kilómetros de extensión, afectando directamente a siete provincias argentinas y posibilitando el tránsito de cerca de 4.000 buques de ultramar por año, de acuerdo con informes sectoriales citados por Infobae el 30 de agosto de 2025. La operatoria eficiente del canal impacta en la reducción de costos logísticos y en la sustentabilidad de la economía regional.








