Eduardo Vázquez, exbaterista de Callejeros y femicida de su esposa Wanda Taddei, podría ser beneficiado con salidas transitorias. El juez de ejecución penal N°3, Axel López, aprobó esta solicitud presentada por la defensa del músico. Entre 2021 y 2024, López rechazó la solicitud de la defensa de Vázquez al periodo de prueba que flexibiliza las condiciones de la prisión y se basa en el principio de autodisciplina. El artículo 15 de la ley 24.660 incluye, entre otros puntos, la posibilidad de salidas transitorias –de entre 12 a 72 horas– aprobadas por el juez de Ejecución. Sin embargo, en 2022 el juez autorizó a Vázquez a una salida extraordinaria de seis horas para el cumpleaños de 15 de su hija, producto de un matrimonio anterior. Jorge Taddei, padre de la víctima, cuestionó la medida: “Estas son las paradojas de la vida, justamente el sábado cumplo 79 años y Vásquez va a poder estar con la hija, pero yo no voy a poder estar con la mía. Le dan el derecho a estar con su hija y yo no puedo”.Vázquez está condenado porque en febrero de 2010 roció con alcohol a su esposa y la prendió fuego con un encendedor, lo que le produjo quemaduras muy graves –del 60% de su cuerpo–, por las que falleció en el Hospital del Quemado, tras once días de agonía. Primero, Vázquez admitió que habían discutido, pero que las llamas las había generado Wanda al encender un cigarrillo mientras limpiaba CDs con alcohol.
Las pericias descartaron la versión del exbaterista. A 15 años del femicidio que sacudió al país, las condiciones de la prisión perpetua de Vázquez podrían cambiar. Este caso fue uno de los precedentes para que el femicidio –el homicidio de una mujer vinculado a razones de género– sea tipificado como agravante en el Código Penal en función de proteger los derechos humanos de las mujeres, como plantean tratados y compromisos internacionales.
Antes del ingreso al período de prueba, es necesario que Vázquez cumpla un periodo de observación y verificación de tratamiento psicológico de un año. Además, debe haber cumplido los tiempos mínimos de ejecución: para penas perpetuas deben cumplirse quince años de reclusión, salvo que la condena no explicite que ésta sea por tiempo indeterminado. En su caso, no es así y podría acceder si el juez de ejecución lo habilita. Este también debe considerar que el condenado tenga una conducta y un concepto ejemplares y no tenga alguna causa abierta u otra condena pendiente.
El camino a la perpetua
En 2012, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 20 declaró culpable a Vázquez por “homicidio agravado por el vínculo” atenuado por “emoción violenta”. El femicida rechazó los cargos de homicidio agravado: “Yo no la rocié con alcohol ni la prendí fuego”. A su vez, aseguró ante el tribunal sobre su relación con Wanda Taddei: “Nunca le pegué, ni le falté el respeto. Mi amor era genuino”. El fallo había unificado las penas por la masacre de Cromañón y la tenencia de plantas de marihuana.
El abogado de Vázquez, Martín Gutiérrez –el mismo que defendió a Callejeros durante el juicio oral por la tragedia de Cromañón– le había advertido al fiscal general Oscar Ciruzzi en el último tramo de la primera instancia, sobre la presencia de grupos y organizaciones que reclaman contra la violencia de género: pidió que no “estigmatizaran” a su defendido.
En esta línea, por los atenuantes y consideraciones del juicio, la defensa del músico solicitó su absolución, pero no fue concedida: el TOC N°20 lo condenó a 18 años de prisión. La pena fue recurrida por el fiscal general Ciruzzi ante ese tribunal: sostuvo que no podía considerarse como atenuante el estado de emoción violenta que alegaba el músico, pues en todo momento supo lo que hacía. Así, la querella y la fiscalía apelaron.
En 2013, en la sala IV de la Cámara de Casación Penal, la fiscal general Adriana García Netto mantuvo el recurso interpuesto por Ciruzzi y solicitó el agravamiento de la pena impuesta a Vázquez y el rechazo de la absolución planteada por la defensa. García Netto puntualizó que no estaba acreditado que al momento del crimen hubiese existido un corte de luz que desencadenara la “emoción violenta” alegada por Vázquez para justificar su conducta, basada en el supuesto pánico a la oscuridad que sufriría como secuela del incendio del boliche República de Cromañón.
Vázquez sostuvo que la familia de su expareja era la responsable de su detención, ya que ellos habrían sido violentos con ella en su infancia y seguían ejerciendo “violencia física, verbal y psicológica”. Para él, lo habían detenido “por las dudas”, desestimando la pericia que desmintió su relato del accidente.
“Hay jueces misóginos, como en el Tribunal Oral N°20, donde en el juicio que se le hizo a Vázquez inventaron una emoción violenta para no darle perpetua. Luego Casación le bajó línea y dijo que estaban equivocados porque era un femicidio”, explicó el padre de la víctima en su momento y sostuvo: “mientras exista el patriarcado, seguirán muriendo mujeres”.
Informe: Natalia Rótolo.








