Este jueves finalizó, en la Sala 16, el juicio contra Juan Armando Jerez, de 28 años, acusado del delito de homicidio triplemente agravado por el vínculo, por femicidio y por el empleo de arma de fuego, en perjuicio de Camila del Carmen Fernández (25), ocurrido en la noche del 5 de octubre de 2024, en un domicilio del barrio Ampliación Eva Perón de Tafí Viejo.
El tribunal (integrado por las juezas Alejandra Balcázar, Isabel Méndez e Isolina Apas) de forma unánime resolvió hacer lugar a la pretensión punitiva de prisión perpetua esgrimida por el fiscal de la Unidad Especializada en Homicidios I del Ministerio Fiscal, Pedro Gallo. A lo largo del debate, Gallo estuvo acompañado por la investigadora Sofía Medina.
Previo a la resolución, se escucharon las palabras finales. En la oportunidad, Jerez dijo: “Más que nada quiero pedir perdón a toda su familia por lo ocurrido. Estoy arrepentido y no fue mi intención hacerle daño, menos a la familia. Fue un accidente y quiero aclarar que cuando me buscaba la policía no me escapé (estuvo evadido dos días)”. En tanto, la hermana de la víctima expresó: “Dejó una familia destrozada y un nene de 10 años. Lo único que quiero es que se haga Justicia y que haya una condena ejemplar para el país y para nuestra provincia. Le quitaron la vida de una manera injusta. Era una excelente mujer, mamá e hija”. Para el tribunal, “hubo una conducta intencional y direccionada a causar la muerte”. Hasta que quede firme la sentencia se dictó la prórroga de la prisión preventiva por seis meses.
Alegato de clausura
“La teoría del caso sostenida se encuentra totalmente acreditada y amerita el dictado de una condena. Toda la secuencia ha sido reconocida por el imputado al declarar en este debate. Jerez causó la muerte de Camila disparándole con un arma de fuego. La violencia de género es relevante en este caso y ha quedado más que acreditada. Existía una relación asimétrica de poder y de control por parte de Jerez hacia Camila. Es en ese contexto en que le provoca la muerte”, manifestó ayer el fiscal Gallo al emitir sus conclusiones finales, y destacar las diferentes pericias realizadas por expertos de diversas áreas del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) del MPF. Se determinó que el revólver calibre 38 tenía un funcionamiento normal y disparó a una distancia corta (10 centímetros).
La teoría del caso
El 5 de octubre de 2024, a las 20:15 horas aproximadamente, Juan Armando Jerez se encontraba en su domicilio ubicado en barrio Ampliación Eva Perón, en un pasillo que se ingresa por pasaje Las Rosas s/n, entre calles Thames y Roca, de Tafí Viejo, con su pareja Camila del Carmen Fernández. En esas circunstancias, fue que Jerez, valiéndose de una relación asimétrica de poder y sometimiento sufrido por la víctima, en razón de su vulnerabilidad como mujer, con el claro propósito de causarle la muerte, le efectuó un disparo con un arma de fuego que tenía en su poder. El proyectil impactó en la región frontal derecha del rostro, por fuera de la cola de la ceja derecha de la víctima, quien falleció por un traumatismo encéfalo craneano por proyectil de arma de fuego; en tanto, Jerez se dio a la fuga del lugar con rumbo desconocido.