El ex presidente Alberto Fernández podría afrontar un juicio oral y público por episodios de violencia física y psicológica hacia su ex pareja, Fabiola Yáñez, ocurridos entre 2016 y 2024. Así lo solicitó el fiscal federal Ramiro González, quien consideró concluida la etapa de investigación y probados los episodios que denunció la ex primera dama. La decisión queda ahora en manos del juez federal Julián Ercolini, enemigo íntimo del ex mandatario, que lo recusó sin suerte.
El representante del Ministerio Público Fiscal pidió que Fernández sea juzgado por los delitos de lesiones graves, agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y contra su pareja; lesiones leves, con los mismos agravantes –en dos oportunidades–, y amenazas coactivas. Si los delitos se probaran en el juicio, podría caberle una pena de hasta 15 años de prisión.
“El desarrollo personal, profesional, de la vida política y pública del denunciado, contrasta de una manera notable con los de la víctima, que se reconoce, de modo recurrente, frente una abrumadora situación de desigualdad. La magnitud de la asimetría que se pudo verificar signó el vínculo desde sus inicios y, de alguna manera, fue determinante para la configuración de las distintas formas y tipos de violencia comprobados en la causa”, explicó el fiscal en su requerimiento de elevación de 172 páginas. Lo complementó con un anexo de 115 fojas, que difundió el portal Fiscales, con los chats de diálogos virtuales que a su entender “denotan el círculo de violencia en el que se encontraba inmersa Fabiola Yáñez”.
Para el fiscal González, Fernández ejerció “de un modo sistemático violencia psicológica contra Fabiola Yáñez bajo las formas de acosos, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”, desde por lo menos 2016 hasta el momento en que la damnificada instó la acción penal el 6 de agosto de 2024. Consideró que hasta la elección de Fernández como presidente el vínculo entre ambos estuvo marcado por ese tipo de agresiones, que escalaron a la violencia física luego del 2019 y que se manifestaron a través de “agarrones del cuello, zamarreos, cachetazos y golpes” que provocaron lesiones en el cuerpo de Yáñez.
“En el campo internacional de los derechos humanos existe un sólido consenso acerca de que la violencia de género, en cualquiera de sus manifestaciones, constituye una violación de los derechos humanos de las mujeres y una forma de la discriminación por motivos de género”, remarcó el fiscal.
“La proactividad del Ministerio Publico Fiscal con la intervención en los actos procesales más relevantes, por caso la declaración de la víctima, de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres –UFEM– y la participación en el proceso de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas –DOVIC– de la Procuración General de la Nación, dan cuenta de la dirección de una investigación que, desde el inicio, se enmarcó dentro de los estándares de diligencia señalados”, agregó.
González resaltó que desde la defensa habían intentado, a través de prejuicios y estereotipos, atacar la denuncia realizada. “En lugar de intentar desvirtuar los hechos denunciados, parecen pretender focalizar la investigación sobre comportamientos, prácticas, desórdenes de la víctima como una forma de responsabilizarla por hechos del proceso”, explicó el fiscal. Consideró que la descalificación de la víctima en casos de violencia es uno de los aspectos que debe removerse de las investigaciones.
“Esta representación del Ministerio Público Fiscal considera de nulo valor para formar convicción las declaraciones que pretenden asentar el debate –y lo diré de un modo sencillo, tal vez crudo, pero no menos evidente–, sobre la idea de Fabiola Yáñez como una ‘borracha’, ‘mala madre’, de ‘múltiples personalidades’ y que la ubican ante una suerte de responsabilidad compartida por la forma de conducción de su vida”, recalcó.