La Audiencia Nacional admite a trámite una denuncia contra Alvise Pérez por financiación ilegal de partidos y le ofrece declarar

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01/07/2024 El eurodiputado electo Luis 'Alvise' Pérez Fernández, líder de la agrupación Se Acabó la Fiesta (d), a su llegada al acto de acatamiento a la Constitución de los candidatos proclamados electos tras las elecciones al Parlamento Europeo, en el Congreso de los Diputados, a 1 de julio de 2024, en Madrid (España). Los 61 nuevos eurodiputados que resultaron elegidos en las elecciones del pasado 9 de junio asisten al Congreso para proceder al acto de promesa o juramento de la Constitución, un trámite que la legislación española considera necesario para poder recibir la credencial que permita tomar posesión del escaño en el Parlamento Europeo. POLITICA Eduardo Parra - Europa Press

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha admitido la denuncia presentada por el empresario Álvaro Romillo, alias ‘Cryptospain’, contra el eurodiputado Luis ‘Alvise’ Pérez por un delito de financiación ilegal de partidos políticos por haber recibido supuestamente 100.000 euros para su partido ‘Se acabó la Fiesta’. Le ofrece declarar voluntariamente el 20 de noviembre.

En su auto, recogido por Europa Press, el juez explica que para investigar estos hechos acuerda abrir una pieza separada independiente de la principal, en la que se investiga la supuesta estafa piramidal de Madeira Invest Club.

Ofrece además a ‘Alvise’, dada su condición de eurodiputado, la posibilidad de personarse en las actuaciones, de aportar documentos, proponer diligencias de investigación y participar en la instrucción de la causa.

Por otro lado, el magistrado explica en su auto que la actuación de ‘Alvise’ Pérez en la promoción de la actividad presuntamente ilícita llevada a cabo a través del entramado financiero generado en torno a Madeira Invest Club pudiera dar lugar a su consideración “como cooperador necesario o cómplice en el delito de estafa agravada”.

Calama recoge en su auto lo relatado en la denuncia de Romillo, donde hablaba de distintos contactos mantenidos con ‘Alvise’ con la intención de que el empresario promocionara sus servicios y el eurodiputado pudiera “financiar con seguridad y holgura su campaña sin persecución estatal”.

Tras diversos contactos, según la denuncia, el 27 de mayo Romillo le comunicó a Pérez que podía pasarse por el Sentinel -plataforma del empresario- para recoger en efectivo la cantidad de 100.000 euros, a lo que este último respondió: “100%. Me posibilitas una parte urgente de la campaña. Mil gracias tío”.

Cuando Romillo, prosigue el relato, recibió la confirmación de un empleado de que efectivamente dicha cantidad había sido entregada le escribió a Alvise para volvérselo a confirmar, respondiendo este último que “todo ok” y que “100.000 gracias”.

No es una imputación ilegal

Tras analizar la denuncia, el juez señala que “los hechos expuestos podrían constituir un delito de financiación ilegal de partidos políticos” y añade que la misma va a acompañada “de documentos que dotan de inicial verosimilitud aquel relato de hechos”.

Por eso, acuerda abrir una pieza separada para investigar estos hechos dado que “concurren los requisitos necesarios para su admisión a trámite y la práctica de diligencias de investigación”, si bien aclara que “la admisión a trámite de una denuncia no constituye, todavía, un acto de imputación judicial”.

Con todo, explica que lo que sí se permite ahora es que el denunciado pueda comenzar a defenderse en el proceso conforme a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). “Naturalmente, lo anterior no impide la posibilidad de una verdadera imputación judicial tras la comprobación provisional de la realidad de los hechos”, añade.

La financiación ilegal de partidos

El juez, en su auto, analiza el delito de financiación ilegal de partidos políticos y explica que se trata de un delito de mera actividad, por lo que no requiere que se produzca el resultado, y tampoco cabe su comisión por omisión, por lo que se entiende consumado con la mera conducta, sin necesidad de que se dé el resultado.

“En orden a la consumación la mera entrega, o la recepción, consumaría el delito, de forma que, conociendo que la aportación va destinada al partido, y que además infringe alguna de las prohibiciones de los artículos 5.1 y 7.2 de la Ley de Financiación de Partidos Políticos, se estaría cometiendo el delito. No hace falta la aceptación o trámite alguno añadido, sino sólo el hecho fáctico de la entrega del donativo en cuestión”, concluye.

Romillo, también imputado

Por otro lado, matiza que en este tipo de delitos además de castigarse a los que reciben donaciones para la formación política, extiende la responsabilidad a “quien entregare donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación, coalición o agrupación de electores, por sí o por persona interpuesta”.

Así, explica que el denunciante Álvaro Romillo también aparece como responsable de esta modalidad, por lo que se acuerda cambiar el estatus de testigo que le correspondería como denunciante por el de investigado, con el fin de que pueda ejercer su derecho de defensa y señala su declaración también para el 20 de noviembre.

*Información elaborada por Europa Press