En Diputados: la oposición busca votos para evitar que Javier Milei gobierne por DNU

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La inquietud viene desde hace varios años, casi desde el mismo momento en que Cristina Kirchner impuso por la prepotencia de los votos su criterio reglamentario en 2006, pero con la llegada de Javier Milei, y su emblemático megadecreto 70/23, la preocupación por ponerle límites al abuso en el uso de los decretos de necesidad y urgencia podría llegar a convertirse en realidad si prospera una embestida que preparan algunos sectores de la oposición en la Cámara de Diputados.

La intención es modificar la ley de trámite reglamentario, sancionada con el número 26.122 en 2006, para terminar con la denominada “sanción ficta”, criterio por el cual el único camino posible para derogar un DNU es con el rechazo explícito de ambas cámaras legislativas. El debate comenzará este miércoles, a las 17, en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Peticiones, Poderes y Reglamento, y la idea es emitir dictamen el próximo 30 de octubre.

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El procedimiento para derogar un DNU es tan poco práctico en el escenario político argentino que sólo ocurrió una vez en 18 años. Fue, precisamente, en el gobierno de Milei que por primera vez un DNU, el 614/24, que inyectó $100.000 millones para gastos reservados de la SIDE, logró reunir la mayoría en ambas cámaras parlamentarias para dejarlo sin efecto.

La contracara es el famoso DNU 70/23, que se mantiene en vigencia desde su emisión, en diciembre del año pasado. Fue rechazado por el Senado haca ya varios meses, pero sigue en pie porque no hay una mayoría para repudiarlo en la Cámara de Diputados. A eso se suma el DNU 846/24, que habilita al Gobierno a realizar un canje de deuda y que el krichnerismo y la UCR ya anunciaron que rechazarán cuando sea discutido en el Congreso.

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Fue el caso del decreto 70/23 el que ha llevado a que, tanto en Diputados como en el Senado, desde diciembre del año pasado comenzarán a proliferar los proyectos de ley que buscan ponerle fin a una de las mayores rémoras de presidencialismo de la Constitución de 1994, como lo es el uso de los decretos de necesidad y urgencia.

Lo que hasta la semana pasada era sólo una idea que se hablaba en voz baja salió a la superficie en la última sesión de la Cámara baja, cuando los bloques de la oposición votaron un emplazamiento para que las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Peticiones, Poderes y Reglamento empiecen a discutir todos los proyectos que piden modificar la ley 26.122 con el objetivo de emitir dictamen el próximo 30 de octubre.

El paquete de proyectos, son unos 14 los que tienen estado parlamentario, contempla una amplia variedad de propuestas, pero en su mayoría coinciden con la necesidad de invertir la carga de la prueba y que, al contrario de lo que ocurre ahora, el DNU tenga que ser ratificado por el Congreso y que el silencio del Parlamento o de alguna de sus cámaras no pueda ser tomado como una sanción tácita (ficta) del instrumento emitido por el Poder Ejecutivo.

“Tenemos que pelear por una mayor calidad institucional y tenemos una oportunidad de oro”, afirmó el diputado Oscar Agost Carreño (Encuentro Federal-Córdoba) al impulsar el pedido de emplazamiento para que las comisiones de la Cámara bajan se aboquen a tratar el tema.

Oscar Agost Carreño

Como se dijo, una de las grandes coincidencias entre las propuestas que se analizarán es la de establecer que con el rechazo de una de las cámaras legislativas alcanza para dejar sin efecto un decreto de necesidad y urgencia.

Pero también hay otras novedades, como la posibilidad de que el Congreso pueda aceptar o rechazar sólo de manera parcial un DNU, algo que la ley vigente prohíbe, ya que los decretos deben ser aprobados o rechazados in totum, tanto por la comisión bicameral que los debe analizar como por los plenos de Diputados y del Senado.

Otra idea que subyace en varias de las iniciativas que se comenzarán a discutir en la Cámara baja es la de instituir el rechazo por la inacción del Congreso. Es decir que, si en un determinado plazo de tiempo los mecanismos legislativos no dan una respuesta, el DNU quedará automáticamente derogado. Como mecanismo complementario de esta disposición se establece la prohibición al Poder Ejecutivo de dictar un nuevo decreto análogo al derogado.

La reglamentación de la falta de acción por parte del Congreso tiene variantes. Así, por ejemplo, el proyecto presentado por la UCR este año establece que perderán vigencia aquellos DNU que no hayan sido tratados por ninguna de las dos cámaras pasados 60 días corridos desde el envío al Congreso por parte del jefe de Gabinete. Pero en el caso de que lo apruebe una cámara, el DNU tendrá una vida extra de otros 30 días, vencido el cual perderá vigencia si no es aprobado por la otra cámara.

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Para evitar demoras deliberadas, sobre todo de los oficialismos, algunas propuestas establecen la obligación a los presidentes de ambas cámaras legislativas de incluir el tratamiento de los DNU en el temario de la siguiente sesión si una vez cumplido el plazo reglamentario la comisión bicameral no se expide sobre la validez o no de un decreto. En el caso de que las autoridades se nieguen a hacerlo, la iniciativa presentada por la UCR habilita a cualquier legislador a solicitar su inclusión en el temario de una discusión.