
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Cristian Matías Guzmán, quien había sido condenado a prisión perpetua por el homicidio de su pareja Rocío Falcón, una joven de 20 años que se encontraba embarazada y era madre de dos hijos.
El crimen ocurrió en febrero de 2016 en el barrio porteño de Villa Urquiza, y con esta decisión, la sentencia quedó firme tras un extenso recorrido judicial que incluyó revisiones en distintas instancias.
Según el portal fiscales.gob.ar, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa del acusado, desestimando así su presentación.
De este modo, se confirmó el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°16 (TOCC 16), que en diciembre de 2016 había impuesto la condena a prisión perpetua.
En la causa intervino la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional N°16, a cargo de Fernando Fiszer, quien durante el juicio sostuvo la acusación en representación del Ministerio Público.
Según lo acreditado en el debate oral, Guzmán, de entonces 25 años, mantenía una relación de pareja con Falcón desde hacía seis años. Tenían dos hijos en común y vivían entre Ingeniero Maschwitz y las casas de las familias de ambos.
El martes 9 de febrero de 2016 viajaron junto a la hermana menor de Rocío, de 9 años, hacia la CABA para recolectar cartones y materiales reciclables.
Cerca de las 18, los tres se encontraban en la intersección de las calles Aizpurúa y Nahuel Huapi, en el barrio porteño de Villa Urquiza, cuando una discusión por una valija de ropa derivó en un episodio de violencia.
Según el fallo, Rocío solía vender la ropa que encontraba o que le regalaban en su barrio. Durante el intercambio, Guzmán la golpeó en la boca, provocando que ella cayera al suelo. Acto seguido, el hombre se abalanzó sobre la joven y la apuñaló reiteradamente en el abdomen y el pecho.
Rocío intentó defenderse con el brazo derecho, pero las heridas fueron letales. El agresor arrojó el cuchillo, momento en que la víctima logró acercarse a un auto estacionado y pedir auxilio. Dentro del vehículo había dos médicos, quienes intentaron asistirla, aunque los esfuerzos resultaron en vano.
Falcón murió pocos minutos después a causa de hemorragias internas provocadas por las puñaladas. Se encontraba embarazada de nueve semanas, circunstancia conocida por su entorno familiar.
Durante el juicio, realizado en diciembre de 2016, la declaración de la hermana menor de la víctima, testigo directa del hecho, fue incorporada mediante Cámara Gesell.
En su exposición, el fiscal Fiszer destacó el valor de ese testimonio, que permitió reconstruir la secuencia del ataque. Asimismo, repasó la declaración indagatoria del acusado, quien había intentado justificar su conducta alegando: “Rocío era celosa, infiel, que quería más a uno de sus hijos y que él no era el padre del bebé que estaba esperando”.
En su alegato, el representante del Ministerio Público señaló: “Decidió atacar a su esposa, a la madre de sus hijos, por el solo hecho de que estaba cansado de que le discutiera”. Sostuvo además que el crimen debía ser encuadrado dentro de los actos de violencia de género, y pidió la pena máxima al considerar el agravante por el vínculo de pareja y por el embarazo interrumpido como consecuencia del ataque.
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°16 coincidió con los argumentos de la fiscalía y condenó a Guzmán por homicidio agravado por la relación de pareja preexistente y aborto sin consentimiento. La defensa del acusado apeló la sentencia ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, pero la Sala III confirmó la pena en agosto de 2020.
En su voto, el juez Alberto Huarte Petite, acompañado por su colega Pablo Jantus, concluyó que la relación entre Guzmán y Falcón se encontraba acreditada, pese a que no existía matrimonio ni se habían incorporado las partidas de nacimiento de los hijos. El tribunal sostuvo: “No hay margen de duda alguna que el acusado Guzmán y la víctima mantuvieron una relación de pareja en los términos de la citada norma, aunque con interrupciones y en distintas residencias, durante aproximadamente seis años”.
Aborto sin consentimiento
Respecto del delito de aborto sin consentimiento, la defensa había cuestionado las semanas de gestación y argumentado que Guzmán desconocía el embarazo. Sin embargo, Huarte Petite señaló que, en este caso, “en modo alguno puede hablarse de una decisión libre de elegir abortar por parte de la mujer”, dado que se trató de un homicidio doloso cometido mientras la víctima cursaba un embarazo, “por quien fuera su pareja y además padre de la criatura en gestación”.
En abril de 2021, la misma Sala de Casación rechazó un nuevo recurso con el que la defensa buscaba llegar a la Corte Suprema. Ante esa negativa, los abogados del condenado interpusieron una queja, ahora definitivamente desestimada por el Máximo Tribunal.
Con esta resolución, la condena a prisión perpetua de Cristian Matías Guzmán quedó firme, sellando así el último capítulo judicial de un caso que comenzó hace casi una década y que transitó por todas las instancias del sistema penal argentino.








