Si hay historias de desprotección de las obras sociales sin dudas la de Sandra es una de ellas que dada la magnitud de la vulneración de sus derechos merece un capítulo aparte, como lamentablemente sucede con tantas personas que son víctimas de la burocracia de PAMI.

Sandra con sus 50 años de edad y todas las ganas de vivir debe afrontar desde hace más de tres meses la falta de su medicación esencial que se llama AVALGLUCOSIDASA ALFA que proporciona una enzima que permite que la paciente prevenga la acumulación del glucógeno en los músculos.

A causa de su enfermedad Sandra posee el Certificado Unico de Discapacidad que garantiza la cobertura al 100% de todas las prestaciones relacionadas con su diagnóstico conforme lo establecido por la ley nacional 24.901. Además su patología se encuentra incluida dentro del Listado de Enfermedades Poco Frecuentes que elabora el Ministerio de Salud de la Nación y por la cual también goza de cobertura al 100% para sus tratamientos en el marco de la Ley Nacional 26.689.

Durante un tiempo PAMI proveyó la medicación en tiempo y forma y ello permitió que Sandra reciba su tratamiento adecuado evitando el progreso de la enfermedad. Pero en el mes de septiembre de 2024 la obra social de los jubilados empezó a discontinuar las entregas, todo ello a pesar que la medicación estaba autorizada y que PAMI había contratado con la droguería Suizo Argentina S.A. como intermediaria para su provisión a la paciente. Es así que de la autorización semestral que contaba de abril a septiembre de 2024 este último mes no se entregó y se desconoce que sucedió con la mencionada droga y o con el importe de la misma.

Pero lejos de ser la falta de entrega de un mes un hecho aislado es que el incumplimiento prosiguió y el mes siguiente, octubre de 2024 tampoco se proveyó la medicación. Cabe aquí aclarar que para ese entonces PAMI ya había emitido una nueva autorización semestral de la medicación que abarcaba los meses de octubre de 2024 y marzo de 2025, es decir que continuaba efectuando renovaciones pero nunca la entrega efectiva de la medicación. El mes siguiente, noviembre de 2024 tampoco fue provista la medicación argumentando PAMI que “existe una demora debido a la renovación del convenio con el laboratorio que provee el medicamento y que dicha situación ya se encuentra resuelta, por lo que se solicitó la urgente entrega del medicamento para el nuevo ciclo. El trámite no fue rechazado, sino por el contrario se encuentra autorizado y pendiente de entrega por el laboratorio…”

El mes de diciembre de 2024 Sandra por fin recibió su medicación, luego de tres meses sin la misma y con la promesa que no se volvería a cortar la cadena de entregas. Los meses de enero y febrero de 2025 se respetaron las entregas. En dichas oportunidades PAMI intermedio con la droguería Suizo Argentina S A. para la compra al Laboratorio Genzime de Argentina S.A. quien la provee.

Los meses de marzo y abril de 2025 la medicación no se entregó, pese a las promesas de PAMI y al hecho que estaba autorizada la medicación por la obra social, echándose las culpas entre PAMI y la droguería.

Mediante una medida cautelar que interpusimos obtuvimos que la justicia ordene en el mes de mayo de 2025 la provisión mensual de la medicación pero fue mayo el único mes que la obra social efectuó la entrega intermediando PAMI esta vez con dos droguerías, Suizo Argentina y Zanofi-Aventis Argentina S.A. para su compra al laboratorio GENZIME, quedando Sandra sin su medicación desde ese entonces, a pesar de haberse dispuesto una nueva autorización semestral de abril a septiembre de 2025 y desconociéndose el alcance del convenio entre PAMI, las mencionadas droguerías intermediarias y el laboratorio que produce la medicación, más aun tratándose de una droga de muy alto costo.

Pese a las denuncias de incumplimientos que interpusimos ante el Juzgado por la falta de provisión de medicación  es que en fecha 05/09/25 procedió finalmente la justicia a intimar a PAMI la entrega de la misma bajo apercibimiento de imponerle una sanción pecuniaria, dándole un plazo a la obra social de 5 días hábiles para tal cometido.

Requerimos que las autoridades de PAMI cumplan sus deberes, que esclarezca sus mecanismos de provisión, que la Justicia imponga el respeto de sus fallos mediante un accionar rápido, que nuestros reclamos sean debidamente atendidos y no se conviertan en letra muerta, porque detrás de ellos no hay números sino personas, que Sandra pueda tener nuevamente su medicación para vivir y no continuar resignando su calidad de vida, y que esto se replique en cuantas Sandras pasillean por las obras sociales mendigando sus derechos, para que se cumplan los mismos y sean una prioridad en esta sociedad.

Dr. Juan Manuel Posse