La Cámara de Casación aceptó los recursos interpuestos en la mañana de este jueves por la defensa de Brenda Agüero, la principal acusada por la muerte de cinco bebés y el ataque a otros ocho en el Hospital Neonatal de Córdoba. Gustavo Nievas y Juan Manuel Rivero, los abogados de la enfermera, presentaron un extenso escrito en el que solicitaban la nulidad del juicio y de la condena a prisión perpetua.
Los jueces José Daniel Cesano, Norma Patricia Soria y Laura Mercedes Huberman, vocales de la Cámara Séptima del Crimen de la ciudad de Córdoba, dieron paso a las presentaciones del defensor de la principal señalada, así como también admitieron el mismo pedido realizado por la defensa de la ex directora del hospital, Liliana Asís, quien inicialmente había sido condenada a 5 años de prisión por encubrimiento.
También se aceptaron solicitudes de las defensas de otros involucrados como el exsecretario de Salud provincial Pablo Carvajal, el exsubdirector administrativo Alejandro Escudero Salama; la exdirectora de Neonatología Marta Gómez Flores y la excoordinadora del Comité de Cuidado del Paciente Adriana Moralez. De esta forma el caso llega al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que deberá tomar los documentos interpuestos y evaluar el caso.
Sin embargo, los cuestionamientos en tiempo y forma de la primera sentencia no solo fueron para revisar sentencias punitivas, sino también de algunas absoluciones. Así se volverá a investigar la presunta participación en los casos denunciados del exministro de salud de Córdoba, Diego Cardozo, así como de la médica de guardia María Alejandra Luján, y de la exdirectora de Tocoginecología, Claudia Ringelgheim. Los únicos dos absueltos cuya inocencia no se volverá a poner en tela de juicio fueron el exsecretario de Coordinación y Legales del Ministerio de Salud, Alejandro Gauto, y la exjefa de Enfermería del hospital, Alicia Ariza.
Sentencia y respuesta
El 18 de junio de este año Brenda Agüero fue encontrada culpable y el 23 de julio se le leyeron los fundamentos por los que fue condenada a prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por procedimiento insidioso, reiterado en cinco hechos, en concurso real; y homicidio calificado por procedimiento insidioso en grado de tentativa, reiterado de ocho hechos, todos en concurso material.
Sin embargo, el caso abre una nueva instancia cuando parecía que estaba finalizado. Es que sus abogados defensores sostienen en la presentación que la sentencia debe ser declarada nula porque allí “no se han observado la aplicación de las reglas de la sana critica racional, ni el principio lógico de razón suficiente”. Por este motivo la catalogan como “arbitraria” y explican que lesiona “derechos de jerarquía constitucional y convencional, como el principio de inocencia, derecho a una sentencia fundada y el derecho de defensa”.
En consonancia con una rechazada presentación anterior donde pedían la nulidad, Nievas y Rivero también volvieron a señalar la presencia de Melina Abril Soria, una de los ocho integrantes del jurado popular. Según la explicación de la defensa, Soria ocultó información relevante para no ser expulsada como jurado a pesar de que habría tenido interés en el proceso ya que conocía previamente a Alicia Ariza, una de las imputadas que fue absuelta, y a que había sido atendida en el Hospital Neonatal durante los casos denunciados.
Críticas al juicio
La solicitud también expresa que hubo “deficiencias graves” en la valoración de la prueba y la “ausencia de certeza” de la participación de Agüero en los casos denunciados. De esta forma Nievas y su equipo “no hay prueba directa” entre su defendida y los hechos investigados porque “nadie la vio colocar una inyección a ningún bebe”.
La presentación también reclama que el peritaje psicológico incluido en el expediente tiene “inconsistencias metodológicas y conclusiones que exceden su soporte empírico”, describe a la evidencia toxicológica obtenida como “parcial y discutible” y apunta contra las pruebas forenses de apoyo, a las que cuestiona por “débiles o inconsistentes”. Finalmente la presentación critica la fiabilidad de los testimonios y la evaluación psicológica pericial a la que fue sometida Brenda Agüero.
En definitiva, la solicitud resume que la sentencia final fue decidida por “una cadena de indicios débiles, construidos sobre pruebas circunstanciales, pericias sesgadas y una omisión de factores cruciales para una investigación justa y equitativa”. Además, explican que “la falta de pruebas forenses directas y la presencia de contradicciones metodológicas y científicas son elementos clave para cuestionar la validez del fallo condenatorio”.