Desde agosto del año pasado, los legisladores porteños tienen suspendido el pago del impuesto a las Ganancias. Esto obedece a una decisión del juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Roberto Gallardo tras la aprobación del paquete fiscal impulsado por el presidente Javier Milei.
En efecto, en agosto pasado el juez Gallardo hizo lugar a una media cautelar que presentaron, primero, los tres gremios judiciales de la ciudad (Aejba, Sitraju y UEJN) y, posteriormente, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), para que el Consejo de la Magistratura y el gobierno de la ciudad se abstengan de aplicar las retenciones correspondientes a sus empleados por el impuesto. Fuentes del gobierno porteño explicaron que si bien esta resolución judicial los exime de efectuar las retenciones, los trabajadores alcanzados por el tributo deberían efectuar los pagos correspondientes.
Signos de agotamiento del método libertario
Lo cierto es que entre los beneficiados por la resolución del juez Gallardo –conocido en el mundillo judicial por ser un magistrado que suele importunar a los oficialismos en la Ciudad– figuran los 60 legisladores porteños, luego de que la Legislatura dejara de efectuar las retenciones correspondientes. Así lo confirmaron fuentes oficiales a LA NACION.
Así las cosas, el sueldo mensual de bolsillo de los legisladores trepó a los actuales $5.600.000. Si se les retuviera el tributo, se les detraería de su sueldo aproximadamente $1.400.000, indicaron en la Legislatura, por lo que percibirían un ingreso que orillaría los $4.200.000 netos por mes.
El juez hizo lugar a la medida cautelar en una resolución que firmó el 18 de agosto pasado, aunque recién en diciembre pasado el organismo nacional de recaudación de impuestos, ARCA, presentó la apelación correspondiente, según supo LA NACION.
Al hacer lugar a la medida cautelar, en sendas resoluciones el juez ordenó que tanto el Poder Judicial de la ciudad como así también la administración pública porteña, incluidos sus distintos organismos, como la Legislatura; la Defensoría del Pueblo; el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos; la Auditoría General y al Consejo Económico y Social, se abstengan de efectuar las retenciones correspondientes por el impuesto a las Ganancias.
En su primera resolución, en la que hizo lugar a la demanda iniciada por los gremios judiciales, el juez Gallardo enfatizó que “la implementación de la ley 27.743 (impulsada por el gobierno nacional y que incluye la reimplantación del impuesto a las ganancias) introduce cambios significativos en la remuneración y las condiciones laborales de trabajadoras y trabajadores judiciales, aparece prima facie carente de alineación con principios constitucionales fundamentales”.
“Separación de poderes”
“Estos cambios no son meramente fiscales; tocan la esencia misma de la independencia judicial y la separación de poderes, pilares indiscutibles de cualquier sistema democrático funcional, lo que vislumbraría una clara inconstitucionalidad de la norma en cuestión en su art. 81”, señaló el magistrado, quien acto seguido ordenó al Consejo de la Magistratura de la Capital y al Tribunal Superior de Justicia a que se abstengan de innovar en la retención del impuesto a las ganancias sobre los trabajadores judiciales.
En otra resolución, el magistrado hizo lugar a una demanda promovida por ATE. Allí replicó los mismos argumentos de la anterior y aleccionó a las autoridades nacionales que “cualquier reforma legislativa que afecte al universo de trabajadores y trabajadoras del Estado se aborde con un análisis exhaustivo y reflexivo de sus posibles repercusiones constitucionales y legales”.