La fiscalía pidió que la Corte Suprema eleve a 12 años la condena contra Cristina Kirchner en el caso Vialidad

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El fiscal ante la Cámara de Casación Mario Villar insistió hoy para que la Corte Suprema de Justicia condene a Cristina Kirchner a 12 años de prisión por asociación ilícita en la causa en la que está sentenciada por fraude, por haber direccionado la contratación de obras públicas santacruceñas en favor de Lázaro Báez.

Villar planteó ante la Cámara Federal de Casación un recurso extraordinario para que este tribunal le abra la puerta a su reclamo de modo que lo analice la Corte Suprema.

De todos modos, si los jueces de la Casación que intervienen en el caso –Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos– resolvieran denegarle este recurso, la fiscalía podría plantear otro, de queja, ante la Corte.

Las defensas también presentaron sus propios recursos extraordinarios para que la Corte revoque las condenas y los acusados sean absueltos.

Mario Villar

La Cámara de Casación revolverá si admite los planteos y, de ser así, los envía a la Corte en los próximos meses.

Los jueces de Casación Borinsky y Barroetaveña habían confirmado la condena a seis años de prisión por fraude y rechazado agravar la pena por asociación ilícita. Hornos, en cambio, se había pronunciado por agravar la condena.

El fiscal Villar, en su escrito, de 40 hojas, planteó que cuando la Casación rechazó sus argumentos para condenar por asociación ilícita a la expresidenta no los contestó y que repitió lo que había señalado el tribunal oral.

Además, el fiscal reclamó que se dejen sin efecto las absoluciones –a las que consideró arbitrarias– y cuestionó que se hubiera denegado la incorporación de nuevas pruebas, como mensajes telefónicos.

El fiscal alegó que existe una cuestión federal suficiente que habilita la intervención de la Corte, vinculada con la arbitrariedad de la sentencia. Dijo que hay una “errónea interpretación del delito de asociación ilícita y administración infiel”. Y también del decomiso de bienes derivados de esos sucesos de corrupción.

Señaló Villar que el fallo, así como está, deja impunes hechos probados. “El gravamen se verifica en tanto en la sentencia impugnada, mediante una arbitraria valoración de la prueba”, sostuvo.

También se rechazó el monto del decomiso solicitado por el fiscal Diego Luciani sin dar razones valederas.

La principal arbitrariedad de la sentencia –según Villar- sería la confirmación de la absolución del empresario Lázaro Báez, de Cristina Kirchner, del exministro Julio de De Vido, del exsecretario José López y del extitular de Vialidad Nelson Periotti por el delito de asociación ilícita.

El fiscal argumentó que “instauraron una matriz de corrupción” para disponer ilegítimamente de fondos públicos. Esto contra los argumentos de Borinsky y Hornos que señalaron que no hay una pluralidad de planes delictivos, como lo exije la asociación ilícita, sino una única defraudación.

El fiscal rebatió este argumento al exponer que se trata de un delito continuado y que la asociación ilícita se consumó antes de las maniobras defraudatorias.

Villar también refutó las absoluciones de De Vido, Abel Fatala y Héctor Garro, extitular de Vialidad de Santa Cruz por el delito de administración fraudulenta.

En cuanto a De Vido, señaló que “tuvo un rol protagónico en la maniobra perjudicial, omitiendo cumplir con sus funciones de control y realizando acciones de propia mano”.

El fiscal señaló a De Vido con un rol protagónica en la defraudación al Estado en el caso Vialidad

Entendió además que las tareas de control que debía ejercer Fatala sobre las obras fue “subestimada por la sentencia”, pues el exfuncionario debía supervisar el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública (RNCOP) e intervenir en el Fideicomiso de Infraestructura Vial. Y en cuanto al rol de Garro cuestionó “la segmentación del análisis de cada procedimiento licitatorio como un hecho aislado”.

El fiscal criticó el rechazo de la inclusión como prueba de cargo de las declaraciones de José López, Carlos Wagner y Juan Chediack como “arrepentidos” en la causa conocida de los “cuadernos de las coimas”.

“La negación de incorporación priva al Ministerio Público Fiscal de una prueba relevante que, sumado a que los jueces de Casación absuelven por la duda, es un indicador claro de que el espacio de duda que perciben puede deberse a la acción precedente de negar la admisión de la prueba en cuestión”, escribió.

Pidió, además, el decomiso de $5.321.049.272,42 sobre los bienes de todos los condenados luego de su correspondiente actualización, como lo solicitó Luciani al alegar al finalizar el juicio oral.