La fiscalía pidió sobreseer al intendente Espinoza por el abuso que denunció Melody Rakauskas

0
2

La fiscal Mónica Cuñarro propuso sobreseer al intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, en la causa en que está procesado por el abuso sexual de la joven Melody Rakauskas, al entender que no hay evidencias que sostengan la acusación y que la supuesta víctima usualmente se relacionaba con hombres casados para grabarlos y pedirles dinero.

Espinoza está procesado por estos hechos, un encuadre que fue confirmado por un fallo de la Cámara del Crimen. Rakauskas pidió como querellante que se cierre la instrucción porque está completa y que el caso contra el jefe comunal matancero sea elevado a juicio oral.

La fiscal Cuñarro sostuvo que Rakauskas tuvo un “patrón de conducta” que no hace verosímil su relato sobre la acusación al dirigente peronista.

Espinoza, al firmar un aumento para municipales

Cuando le dieron vista a Espinoza, propuso su sobreseimiento y, cuando le consultaron a la acusación, la fiscal Cuñarro dijo que no había pruebas.

Ahora el juez a cargo del caso, Fernando Caunedo, que es subrogante, debe decidir si de todos modos lo eleva a juicio. Sin fiscal, es decir sin acusador público, pero con una querella -acusador particular-, el juicio oral se puede realizar igual.

De todos modos, Espinoza planteó en la Cámara Nacional de Casación su sobreseimiento, que se revoque su procesamiento y se cierre el caso.

La fiscal Mónica Cuñarro

Cuñarro envió el dictamen al fiscal general Mauricio Viera, en revisión, para que en todo caso sea aquel quien acuse o que permita seguir el caso en el juicio oral con el querellante. En su dictamen de 79 páginas, recordó que antes de este pronunciamiento, otros dos fiscales ya habían propiciado el sobreseimiento de Espinoza.

La fiscal cuestionó la validez del relato de la supuesta víctima, al sostener que existen contradicciones y en su negativa a realizar una pericia psiquiátrica y aportar sus teléfonos celulares para realizar un peritaje.

Dijo la fiscal que en este caso el relato de la supuesta víctima no está acompañado de una denuncia al 911, o de atención médica, ni del relato de testigos, denuncias policiales o cámaras.

Además, dijo que no está en discusión que Espinoza fue a la casa de Melody esa noche, pero señaló que “las pruebas reunidas no permiten verificar que hubo un abuso sexual simple de su parte a la querellante”.

Cuñarro dijo que es derecho de la víctima no someterse a peritajes o no aportar sus elementos electrónicos para peritar, pero señaló que “no se puede obligar al Ministerio Público que llene los vacíos de esa decisión con afirmaciones basadas en la fe”.

En ese sentido, la fiscal evaluó que el relato de Melody está “significativamente cuestionado” porque no hay elementos que sustenten sus afirmaciones.

Por el contrario, escribió que “hay un patrón de conducta en la denunciante consistente en relacionarse con hombres casados, generar o aprovechar situaciones comprometedoras y grabarlas y luego exigirles algún tipo de beneficio”.

Argumentó que la mujer radicó la denuncia sin instar la acción y, a partir de allí, inició una negociación con el imputado y tras un año y medio la dejó sin efecto.

En los mensajes que intercambiaron dijo que la iniciativa de esa negociación era de Melody, pues es la que exige una reunión con Espinoza. Insistió la fiscal en que la negativa de la mujer a aportar sus mensajes es para ocultar otras que perjudicaran su versión. Incluso expresó que hay mensajes manipulados.

El tercer elemento que destacó la fiscal Cuñarro es la negativa de la chica a hacer un peritaje, porque sostuvo que iba a poner en crisis su versión de los hechos. Y desestimó que Espinoza “tenga que tolerar una acusación basada en meros indicios que no se exhiben en cantidad, unívocos y graves”.

Melody Rakauskas entrevistada en La Cornisa por LN+

Entre la evidencia que valoró la fiscal Cuñarro se cuentan informes de la Cancillería sobre un episodio ocurrido en marzo del año pasado en el aeropuerto de Nueva Delhi. Allí Melody dijo que fue retenida por agentes indios, que la drogaron con una cantimplora con un líquido sospechoso para quitarle la vida y relacionó lo ocurrido con esta causa, cuando la llevaron a un hospital, donde los médicos aconsejaron su internación psiquiátrica.

Los diplomáticos informaron a la justicia que lejos de intentar matarla fue Melody la que tomó medicamentos psiquiátricos para suicidarse, según le confió a su madre, que fue sometida a un lavaje de estómago y repatriada en un vuelo de regreso, con la indicación médica de someterse a una internación psiquiátrica.

Por su parte, Melody en su acusación particular señala que sufrió “situaciones de violencia” a lo largo de los últimos años.

Espinoza está procesado por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia por incumplir una restricción perimetral de acercamiento a la víctima.

La acusación sostiene que existió “abuso de poder” de Espinoza sobre Rakauskas en su condición de empleador. Según la víctima se habría reunido en tres ocasiones con fines laborales dentro de su departamento con Espinoza.

En uno de esos encuentros, en mayo de 2021, Espinoza habría comenzado a insinuársele para luego forzarla y manosearla, a pesar de la resistencia de la mujer.

Los camaristas que confirmaron el procesamiento del intendente valoraron el relato de la víctima y evidencias que coincidieron con sus dichos. Mencionaron que Melody fue a la municipalidad ante una oportunidad laboral y que, la causa se inició en 2021 luego de un mensaje que Espinoza le habría enviado a la denunciante.

Con respecto al delito de desobediencia, los jueces consideraron que también debía confirmarse el procesamiento. De acuerdo al expediente, el 1 de julio de 2021, Espinoza habría quebrantado la disposición vigente desde el 4 de junio de ese año que le impedía acercarse a la denunciante o contactarse de cualquier forma con ella.

Aquel día, el imputado la habría contactado a través de una expareja para que desistiera de la denuncia y además habría hablado por teléfono con ella. También, le habrían enviado un documento “en blanco” para remitir al juzgado para dar de baja la denuncia judicial.